En el REBU el IVA no se paga sobre el precio de venta, sino sobre el margen. Compras un coche a un particular por 8.000 € y lo vendes por 10.500: el margen es 2.500 €, la base imponible 2.066,12 € y el IVA repercutido 433,88 €. Por el régimen general, ese mismo coche pagaría 1.822,31 € de IVA.
La base imponible es el margen × 100 ÷ 121, no el precio de venta
El IVA repercutido es el 21 % de esa base (art. 137 LIVA)
La factura se emite sin desglosar la cuota de IVA
Si vendes con pérdida, esa operación no devenga IVA
Libro registro obligatorio (art. 51 RD 1624/1992)
MotorPost hace el cálculo y el libro solo, factura a factura